Corte obliga protección reforzada en salud para personas mayores
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La Corte Constitucional, mediante sentencia T-077-24, reafirmó que las personas mayores son sujetos de especial protección constitucional y que las instituciones prestadoras de salud no pueden negar procedimientos médicos necesarios basándose únicamente en protocolos formales de acompañamiento.
El caso concreto trataba de una persona mayor a quien se le negó una prueba de esfuerzo porque carecía de un acompañante, a pesar de no tener red familiar de apoyo. La Corte determinó que esto constituía una vulneración del derecho a la salud.
"Las personas mayores y de la tercera edad son sujetos de especial protección constitucional, mereciendo una protección reforzada por parte del Estado, la sociedad y la familia", estableció la Corte, reconociendo el derecho humano al cuidado como fundamental.
Esta decisión tiene implicaciones prácticas directas para todas las EPS y centros de atención médica del país: no pueden usar requisitos formales como barrera de acceso cuando el paciente se encuentra en situación de vulnerabilidad.
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Fuentes: Corte Constitucional - Relatoría
